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CATASTRO & TOPOGRAFÍA

En XESFORGAL tratamos de buscar soluciones, tanto a empresas como a particulares, en cuestiones relacionadas con temas catastrales y medición de fincas. El cliente siempre estará informado, en todo momento, del estado del trabajo realizado.

 

Nuestra labor consiste en:

• LOCALIZACIÓN DE PARCELAS

Nos encargamos de localizar aquellas parcelas que el cliente no sabe donde se encuentran en la actualidad pero que son de su propiedad.

• AMOJONAMIENTO DE PARCELAS

Colocación de nuevos marcos o mojones en parcelas donde las anteriores marcas divisorias no sean de fácil localización.

• MEDICIÓN DE FINCAS

Realizamos la medición de todo tipo de parcelas, tanto de pequeño tamaño como de grandes dimensiones. Utilizamos las últimas tecnologías en medición de parcelas.

• DESLINDE DE PARCELAS

Localizamos los límites de las parcelas limítrofes y realizamos el deslide de las mismas a petición de nuestros clientes.

• GESTIÓN Y TRAMITACIÓN DE DOCUMENTACIÓN OFICIAL

Nos encargamos de tramitar toda la documentación concerniente a clientes que residan en nuestra comunidad o de fuera de ella (inclusive extranjero) en relación con el registro de las parcelas en Catastro o bien en el Registro de la Propiedad.

Catastro inmobiliario: usos y utilidades

¿Que es el Catastro Inmobiliario?

El Catastro Inmobiliario es un registro administrativo dependiente del Ministerio de Hacienda y Función Pública en el que se describen los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales. Está regulado por el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, la inscripción en el mismo es obligatoria y gratuita, características que lo diferencian del Registro de la Propiedad.

La descripción catastral de los bienes inmuebles incluye sus características físicas, jurídicas y económicas, entre las que se encuentran su localización, referencia catastral, superficie, uso, cultivo, representación gráfica, valor catastral y titular catastral.

 

(Fuente: Dirección General del Catastro)

Obligatoriedad de la incorporación al Catastro Inmobiliario

Al objeto de garantizar que los datos que se incluyen en la descripción catastral de los bienes inmuebles concuerdan con la realidad, la incorporación de los bienes en el Catastro Inmobiliario así como la de las alteraciones de sus características, es obligatoria.
 
Dicha incorporación se realiza mediante distintos procedimientos, dependiendo del hecho, acto o negocio que la provoque. Entre estos procedimientos destacan las declaraciones realizadas por los titulares catastrales, las comunicaciones realizadas por Notarios y Registradores de la Propiedad, Ayuntamientos, Agencia Estatal de Administración tributaria y otras administraciones actuantes en actos en actos de gestión urbanística y las solicitudes que deben realizarse en los supuestos contemplados legalmente. Puede obtener más información accediendo a la guía de procedimientos catastrales más frecuentes para el ciudadano.

(Fuente: Dirección General del Catastro)

Derechos de los titulares catastrales en sus relaciones con el Catastro

En sus relaciones con el Catastro, los titulares catastrales tienen los derechos  que con carácter general les atribuye la normativa tributaria.

Derechos de los titulares catastrales en sus relaciones con el Catastro. (Fuente: Dirección General del Catastro)

Competencias del Estado sobre el Catastro Inmobiliario

La formación y el mantenimiento del Catastro Inmobiliario así como la difusión de la información catastral es competencia exclusiva de la Dirección General del Catastro en todo el territorio nacional, excepto en el País Vasco y Navarra.

Esta competencia se ejercer directamente  o a través de las distintas formulas de colaboración que se establezcan con las diferentes Administraciones, entidades y corporaciones públicas.. En virtud de esta colaboración, los ciudadanos pueden acceder desde Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales a distintos servicios catastrales. (Fuente: Dirección General del Catastro)

Servicios catastrales prestados a través de las Entidades Locales

Usos de la información catastral

La finalidad originaria del catastro es de carácter tributario, proporcionando la información necesaria para la gestión, recaudación y control de diversas figuras impositivas por las Administraciones estatal, autonómica y local. A estos efectos, el Catastro facilita el censo de bienes inmuebles, su titularidad, así como el valor catastral que es un valor administrativo que corresponde a cada inmueble y que permite determinar la capacidad económica de su titular.

Además de la función tributaria, en los últimos años se han incrementado notablemente los usos y utilidades de la información catastral por parte de Administraciones, ciudadanos y empresas. Como novedad más reciente en este ámbito cabe citar el servicio de descarga masiva de información catastral, disponible desde abril de 2011 y que pone gratuitamente a disposición de empresas y particulares la información catastral, incluyendo la posibilidad de su reutilización.

Si desea conocer más información sobre los usos y utilidades del Catastro Inmobiliario, pulse aquí:

ENLACES DE INTERES

 

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